Arbitraje con Árbitro Único
Si las partes no logran designar al árbitro único dentro del plazo previsto, el Consejo Superior de Arbitraje lo designa de oficio, observando criterios de idoneidad, experiencia y especialización.
Institucional
Procedimiento
La designación de árbitros se realiza de conformidad con el Reglamento Procesal de Arbitraje y las disposiciones internas vigentes del Centro.
El procedimiento garantiza transparencia, imparcialidad, independencia y respeto a la voluntad de las partes.
Todas las designaciones se efectúan bajo criterios objetivos que aseguran la calidad técnica y la adecuada conformación de los tribunales arbitrales.
Procedimientos
Supuestos contemplados para la designación y sustitución de árbitros.
Si las partes no logran designar al árbitro único dentro del plazo previsto, el Consejo Superior de Arbitraje lo designa de oficio, observando criterios de idoneidad, experiencia y especialización.
Cada parte designa un árbitro y ambos árbitros designan al presidente del tribunal. De no existir acuerdo, la designación corresponde al Consejo Superior.
El Consejo Superior evalúa la causa invocada y resuelve la sustitución, ratificación o vacancia del árbitro correspondiente.
Criterios
Elementos considerados para garantizar la idoneidad de cada árbitro.
La naturaleza de la controversia y la especialización técnica requerida.
La experiencia profesional y arbitral en procedimientos similares.
La independencia, disponibilidad y conducta ética del árbitro.
Distribución razonable y transparente de encargos entre los miembros de la nómina.
Aceptación
El árbitro designado deberá aceptar formalmente el cargo y comprometerse a actuar con independencia, imparcialidad, confidencialidad y diligencia.
El plazo para aceptar la designación es de cinco (05) días hábiles contados desde la notificación efectuada por la Secretaría General. Si no lo hace en dicho plazo, se considera que declina tácitamente el encargo, y se procederá a su reemplazo.
Documentación Complementaria
Descargue el formato de declaración de aceptación, disponibilidad, imparcialidad e independencia.
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